¿Son lo mismo VERIFACTU y la factura electrónica? Por qué se confunden más que nunca

VERIFACTU vs factura electrónica

¿VERIFACTU o factura electrónica? No es lo mismo

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Esta semana ha pasado algo que, sin querer, va a disparar la confusión que ya existía entre estas dos normativas. El Ministerio de Hacienda ha anunciado que VERIFACTU se aplaza hasta octubre de 2028, justo para que coincida con el plazo final de la factura electrónica obligatoria entre empresas (que también llega a su tope en octubre de 2028 para la mayoría de negocios). Dos normativas distintas, ahora con la misma fecha límite en el horizonte.

El resultado previsible: muchas empresas van a pensar que, si comparten fecha, son la misma obligación. No lo son. Y confundirlas puede llevar a decisiones equivocadas, como comprar un software pensando que cumple ambas cosas cuando en realidad solo cumple una.

En Salvia365, como Partner Platinum de Sage, nos lo preguntan constantemente. Vamos a aclararlo con la mayor precisión posible.

Qué es VERIFACTU

VERIFACTU no es una ley en sí misma: es el nombre coloquial de una de las dos modalidades previstas en el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (Real Decreto 1007/2023), desarrollado a partir de la Ley 11/2021 de lucha contra el fraude fiscal (la conocida Ley Antifraude).

Su objetivo es puramente fiscal y de control: regula cómo debe comportarse tu programa de facturación por dentro. Exige que los registros de facturación sean íntegros, trazables e inalterables, que cada factura incluya un código QR y una huella digital, y ofrece dos caminos posibles:

  • Modalidad VERIFACTU: el sistema envía automáticamente los registros de facturación a la Agencia Tributaria en el momento de emitir cada factura.
  • Modalidad No VERIFACTU: el sistema no envía los registros de forma automática, pero debe cumplir requisitos adicionales de conservación e inalterabilidad.

VERIFACTU no entra en si facturas a particulares o a empresas, ni en qué formato envías la factura: solo le importa que tu software no pueda «maquillar» ventas.

Qué es la factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece)

La factura electrónica B2B nace de un sitio completamente distinto: la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece), desarrollada técnicamente por el Real Decreto 238/2026. Su objetivo no es fiscal, sino de digitalización de las relaciones comerciales y lucha contra la morosidad entre empresas.

Lo que exige esta normativa es que, cuando una empresa o autónomo facture a otra empresa o profesional (B2B), la factura se emita en un formato electrónico estructurado (los estándares admitidos son Facturae, UBL o CII, bajo el modelo semántico europeo EN 16931), y que se informe del estado de esa factura a lo largo de su ciclo de vida —por ejemplo, si ha sido aceptada, rechazada o pagada— en un plazo máximo de cuatro días naturales.

A esta ley no le importa en absoluto cómo guarda tu programa los registros internamente: le importa el formato en el que envías y recibes la factura, y qué información de seguimiento se comunica.

Las diferencias clave, de un vistazo

VERIFACTU
Factura electrónica (Ley Crea y Crece)
Norma que lo regula

Ley 11/2021 (Antifraude) + RD 1007/2023

Ley 18/2022 (Crea y Crece) + RD 238/2026

Qué controla
La integridad del software con el que facturas
El formato y el intercambio de la factura entre empresas
A quién afecta
Cualquier empresario o profesional que use un sistema informático de facturación
Solo operaciones entre empresas y profesionales (B2B)
Facturas a particulares
Sí quedan afectadas (si usas un sistema informático)
No quedan afectadas
Clientes internacionales
Puede afectar
No está cubierto por esta ley
Fecha límite (horizonte anunciado)
Octubre de 2028 (aplazamiento anunciado, pendiente de formalizar en el BOE)
Octubre de 2027 (facturación superior a 8 millones de euros) / octubre de 2028 (resto)

Por qué ahora se confunden más que nunca

Hasta hace unos días, era relativamente fácil explicar que eran dos obligaciones con fechas distintas. Ahora que el Ministerio de Hacienda ha alineado ambos calendarios en octubre de 2028 para hacerlos coincidir, el argumento de «tienen fechas distintas» ya no sirve para diferenciarlas, y es fácil caer en la idea de que, si llegan a la vez, son la misma cosa.

No lo son. Son dos piezas normativas con fundamentos distintos que, simplemente, el Gobierno ha decidido hacer coincidir en el tiempo por motivos prácticos: facilitar que las empresas aborden ambas adaptaciones técnicas a la vez, en lugar de en dos momentos distintos del calendario.

Puedes cumplir una y no la otra

Este es el punto que más confusión genera en la práctica. Puedes tener un programa de facturación perfectamente adaptado a VERIFACTU —con registros íntegros, trazables y con su código QR— y aun así incumplir la Ley Crea y Crece si, a la hora de facturar a otra empresa, ese programa solo te permite exportar un PDF normal y enviarlo por email. Un PDF, por muy bien generado que esté, no es una factura electrónica estructurada a efectos de la Ley Crea y Crece.

Y al revés: un sistema que emita facturas en formato estructurado (UBL, CII…) no cumple automáticamente VERIFACTU si por dentro no genera registros íntegros e inalterables conforme al reglamento de 2023.

Lay antifraude y verufactu

A quién afecta cada obligación

  • Si facturas solo a particulares (por ejemplo, un comercio minorista o una peluquería): te afecta VERI*FACTU (si usas un sistema informático para facturar), pero no te afecta la factura electrónica B2B, que solo regula las relaciones entre empresas y profesionales.
  • Si facturas a otras empresas o autónomos en España: te afectan las dos normativas, cada una con sus propios requisitos y, previsiblemente, con sus propios plazos (octubre de 2027 u octubre de 2028, según tu volumen de facturación, para la factura electrónica; el horizonte de octubre de 2028 recién anunciado para VERI*FACTU).
  • Si facturas solo a clientes internacionales: la Ley Crea y Crece es una normativa española que no cubre estas operaciones, aunque conviene revisar tu caso concreto con tu asesoría.

Qué debería hacer tu empresa con esta información

  1. No des por hecho que, porque tu software «ya está preparado para la nueva normativa», lo está para las dos. Pregunta explícitamente a tu proveedor si cumple VERI*FACTU, si cumple la Ley Crea y Crece, o ambas cosas.
  2. Revisa a quién facturas. Si tu actividad es principalmente B2B, la Ley Crea y Crece te va a afectar de lleno; si es sobre todo a particulares, tu prioridad es VERI*FACTU.
  3. No esperes a que lleguen las fechas límite para resolver las dudas. El hecho de que ambos plazos se hayan alargado no cambia los requisitos técnicos, solo da más margen para adaptarse con calma.

Como Partner Platinum de Sage, en Salvia365 trabajamos con soluciones —Sage 50, Sage 200 y Sage Despachos Connected— pensadas para cubrir ambas obligaciones de forma conectada, sin que tengas que gestionar por separado el cumplimiento fiscal y el formato de tus facturas a otras empresas.

¿Tienes dudas sobre cuál de las dos normativas te afecta y cuándo? Pide un diagnóstico gratuito con nuestro equipo y te lo aclaramos sin compromiso.

App gratuita de la AEAT: ¿te conviene o mejor un ERP?

App AEAT: todo lo que tu empresa debe saber

La aplicación gratuita de facturación de la AEAT: qué es y por qué la mayoría de empresas no debería usarla

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Desde octubre de 2025, la Agencia Tributaria tiene disponible en su sede electrónica una aplicación gratuita de facturación pensada para cumplir con el reglamento VERIFACTU. Es una noticia que ha generado bastante ruido, y no es raro: muchas pymes y autónomos han visto en ella la posibilidad de olvidarse de pagar un programa de facturación.

Pero antes de dar ese paso conviene entender bien qué es esta herramienta, para quién está pensada realmente y qué se deja fuera. En Salvia365, como Partner Platinum de Sage, lo vemos casi a diario: la aplicación de la AEAT puede ser suficiente para un perfil muy concreto, pero para la mayoría de negocios con cierta actividad, seguir dependiendo solo de ella puede salir caro en tiempo, en errores y en oportunidades perdidas.

Qué es la aplicación gratuita de facturación de la AEAT

Según la propia sede electrónica de la Agencia Tributaria, la aplicación gratuita de facturación permite a los contribuyentes generar facturas electrónicas y enviar directamente a la AEAT los registros de facturación, cumpliendo así con el Reglamento VERI*FACTU aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre.

Se accede desde la sede electrónica, dentro del apartado «Información y gestiones» → «IVA» → «Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERI*FACTU», identificándose con Cl@ve Móvil, certificado electrónico o DNI electrónico.

Un matiz importante que suele pasarse por alto: la propia AEAT advierte que esta aplicación funciona en un entorno real. Las facturas que se generan con ella no son una simulación ni una prueba: tienen trascendencia tributaria desde el momento en que se emiten. Para hacer pruebas sin que las facturas tengan efectos reales, la Agencia Tributaria ofrece por separado un entorno de pruebas externas.

Para quién está pensada realmente

La propia AEAT lo deja claro en su documentación: la aplicación está dirigida principalmente a profesionales, autónomos y empresas con baja facturación que no dispongan de un software propio o prefieran una alternativa gratuita.

No existe límite de facturas (ni anual, ni mensual, ni semanal), y solo permite expedir facturas en nombre propio, salvo que se actúe como representante con los apoderamientos específicos correspondientes registrados ante la Agencia Tributaria.

En otras palabras: es una solución de mínimos, pensada como red de seguridad para quien factura poco y de forma muy simple, no como una herramienta de gestión.

La aplicación gratuita de facturación de la AEAT

Lo que la aplicación de la AEAT no hace

Aquí es donde conviene ser honestos, porque es la parte que casi nunca se explica del todo:

  • No se integra con tu contabilidad. Cada factura hay que introducirla manualmente en el formulario web; no hay conexión automática con un ERP, con la contabilidad ni con la gestión de cobros y pagos.
  • No gestiona clientes, proveedores ni stock. Es una herramienta de facturación pura, sin ningún tipo de CRM, control de inventario o gestión comercial.
  • No está pensada para varios usuarios trabajando a la vez, ni para repartir tareas entre distintos departamentos o empleados.
  • No ofrece informes de gestión (ventas por cliente, márgenes, previsión de tesorería…), algo imprescindible en cuanto una empresa crece mínimamente.
  • No incluye soporte comercial dedicado. Es una herramienta pública de la Administración, no un servicio con acompañamiento personalizado ante dudas del día a día de tu negocio.

De hecho, el propio ecosistema de proveedores de software especializados en VERIFACTU coincide en un punto: las empresas con un volumen alto de facturación, o que necesiten integraciones con sistemas contables o de gestión documental, seguirán necesitando un software de facturación homologado que cumpla los requisitos de VERIFACTU.

Por qué un ERP certificado como Sage sigue siendo la opción recomendada

Si tu actividad va más allá de emitir unas pocas facturas sueltas al mes, un ERP certificado como Sage 50 o Sage 200 aporta justo lo que la aplicación de la AEAT no cubre:

Automatización real del proceso de facturación. Generación de facturas recurrentes, conciliación bancaria automática, control de vencimientos y avisos de cobro, sin tener que introducir cada dato a mano.

Integración completa con tu contabilidad. Cada factura emitida se refleja automáticamente en tu contabilidad, sin duplicar trabajo ni arrastrar errores de traspaso manual.

Gestión de clientes, proveedores y stock en un solo sitio. No se trata solo de facturar, sino de tener una visión completa del negocio: qué cliente compra más, qué producto rota menos, qué proveedor tarda más en servir.

Escalabilidad. Un ERP crece contigo: si hoy eres autónomo y mañana contratas a tu primer empleado, o si tu empresa empieza a facturar a otros países, el sistema se adapta sin tener que empezar de cero con otra herramienta.

Soporte y acompañamiento. Como Partner Platinum de Sage, en Salvia365 no solo instalamos el software: acompañamos a cada cliente para que la adaptación a VERIFACTU, a la factura electrónica y a cualquier cambio normativo se haga sin sustos, con un equipo que responde cuando surge una duda real.

Entonces, ¿cuándo tiene sentido usar la aplicación gratuita de la AEAT?

Para ser justos, hay perfiles para los que la aplicación de la AEAT es una opción razonable, al menos como primer paso:

  • Autónomos que emiten muy pocas facturas al mes y no prevén crecer a corto plazo.
  • Profesionales que empiezan su actividad y todavía no necesitan gestión de clientes, stock o informes.
  • Negocios que ya tienen resuelta su contabilidad por otra vía y solo necesitan un canal puntual para facturar.

Fuera de estos casos —cualquier empresa con empleados, con varios productos o servicios, con necesidad de controlar costes y márgenes, o simplemente con la intención de crecer— apoyarse solo en una herramienta de mínimos suele traducirse en más horas de trabajo administrativo, no en menos.

Cómo saber qué opción te conviene

Antes de decidir, hazte estas preguntas:

  1. ¿Facturas más de unas pocas veces al mes o a varios clientes distintos con condiciones diferentes?
  2. ¿Necesitas que tu facturación se refleje automáticamente en tu contabilidad?
  3. ¿Tienes o vas a tener empleados que también necesiten acceder al sistema?
  4. ¿Gestionas stock, proyectos o necesitas informes para tomar decisiones?
  5. ¿Prevés crecer en los próximos 12 meses?

Si has respondido «sí» a dos o más preguntas, un ERP certificado va a ahorrarte más tiempo (y más de un quebradero de cabeza) que la aplicación gratuita de la AEAT.

¿Quieres saber qué solución encaja mejor con el tamaño y la actividad real de tu empresa? En Salvia365 te ayudamos a valorarlo sin compromiso, con la garantía de trabajar con un ERP certificado y adaptado a VERI*FACTU desde el primer día.

¿Tu empresa ya se ha quedado pequeña para una app de facturación básica? 

VERIFACTU se aplaza a 2027: qué cambia realmente y qué no debes dejar de hacer este verano

Verifactu 2027

VERIFACTU 2027: fechas oficiales, a quién afecta y cómo prepararte

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En diciembre de 2025, el Gobierno volvió a mover la fecha de entrada en vigor de VERIFACTU. Es la segunda vez que ocurre en menos de un año, y no es de extrañar que muchas empresas y autónomos ya no sepan a qué atenerse: ¿sigue siendo obligatorio? ¿Para cuándo? ¿Y si mi programa de facturación ya está adaptado, he perdido el tiempo?

En Salvia365, como Partner Platinum de Sage, llevamos meses acompañando a pymes, autónomos y despachos profesionales en su adaptación a VERIFACTU. Por eso queremos aclarar, con las fuentes oficiales en la mano, qué dice realmente la nueva norma, qué fechas hay que anotar y, sobre todo, qué es lo que NO deberías dejar de hacer este verano solo porque el plazo se haya alejado un poco más.

Qué dice la nueva norma

El origen de VERIFACTU está en la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal —la que se conoce popularmente como Ley Antifraude— y en su desarrollo técnico, el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. Ese reglamento es el que obliga a que cualquier programa de facturación genere registros inalterables, con huella digital y trazabilidad, y que incorpore un código QR verificable.

Lo que ha cambiado no es ese reglamento técnico, sino el calendario de exigibilidad. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, modifica el Real Decreto 1007/2023 para retrasar un año más las fechas en las que el cumplimiento pasa a ser obligatorio. El Congreso de los Diputados convalidó esta norma el 11 de diciembre de 2025, con publicación de la resolución de convalidación en el BOE el 16 de diciembre de 2025, por lo que el aplazamiento ya es firme.

No es la primera vez que se retrasa: el Real Decreto 254/2025, de 1 de abril, ya había desplazado a 2026 las fechas que originalmente se habían fijado antes. El Real Decreto-ley 15/2025 es, por tanto, la segunda prórroga.

Fechas oficiales: 1 de enero y 1 de julio de 2027

El aplazamiento de VERIFACTU ya es oficial. Conoce los plazos de 2027

Según el calendario actualizado, los sistemas de facturación deberán estar adaptados y en funcionamiento conforme al Reglamento VERIFACTU:

  • Antes del 1 de enero de 2027, para las sociedades y demás personas jurídicas que tributen por el Impuesto sobre Sociedades.
  • Antes del 1 de julio de 2027, para el resto de empresarios y profesionales obligados, lo que incluye a la práctica totalidad de los autónomos.

Quién queda dentro del ámbito de la norma

La obligación afecta, en general, a cualquier empresario o profesional que utilice un programa o sistema informático para emitir facturas, tanto completas como simplificadas (tickets). Existen matices y casos particulares —por ejemplo, según el régimen fiscal o el tipo de actividad— que conviene revisar con un asesor, ya que la norma no es idéntica para todos los perfiles.

Por qué NO conviene parar la adaptación

Es tentador pensar que, si el plazo se ha alejado, se puede aparcar el tema hasta 2027. Sería un error, por varios motivos:

  • El reglamento técnico sigue vigente. Lo único que ha cambiado es la fecha límite de exigibilidad, no los requisitos que debe cumplir tu sistema de facturación.
  • Si cambias de software o empiezas una actividad, la obligación puede aplicarte antes. Cualquier empresario que adquiera un nuevo sistema de facturación, cambie de proveedor o inicie su actividad queda sujeto, desde su contratación, a un sistema ya adaptado a VERI*FACTU.
  • Los proveedores de software ya deben ofrecer versiones adaptadas. Desde julio de 2025, los fabricantes están obligados a comercializar productos preparados para VERI*FACTU, por lo que buena parte del trabajo de adaptación ya está en marcha en el mercado, con o sin fecha límite inminente.
  • La revisión «en caliente» siempre sale más cara. Los proyectos de adaptación que se improvisan en el último trimestre antes de un plazo legal suelen generar más incidencias, más coste y más estrés para los equipos de administración que los que se planifican con tiempo.

Qué debe revisar tu empresa este verano

1. Comprobar si tu software actual ya está adaptado o tiene fecha prevista de actualización. Pregunta directamente a tu proveedor.

2. Revisar si vas a cambiar de sistema de facturación en los próximos meses. Si es así, exige que la nueva solución cumpla VERIFACTU desde el primer día.

3. Documentar el estado de tu proyecto de adaptación, si ya lo habías empezado, para no tener que retomarlo desde cero.

4. Hablar con tu asesoría sobre cómo te afecta tu caso concreto: régimen fiscal, tipo de actividad y volumen de facturación pueden introducir matices.

5. Aprovechar el margen para formar al equipo, en lugar de reservarlo para el último mes antes del plazo.

Cómo te acompaña un Partner Platinum de Sage

En Salvia365 llevamos más de 35 años ayudando a empresas y despachos profesionales a digitalizar su gestión, y como Partner Platinum de Sage acompañamos a nuestros clientes en la adaptación a VERIFACTU con soluciones ERP —Sage 50, Sage 200 y Sage Despachos Connected— preparadas para cumplir con los requisitos técnicos del reglamento en cuanto sea exigible, sin necesidad de improvisar cuando se acerque la fecha límite.

No se trata solo de tener el software adecuado, sino de contar con un equipo que evalúe tu situación actual, te indique con claridad qué plazo te corresponde y planifique contigo la transición, incluyendo la formación de tu equipo y la comunicación del cambio si eres una asesoría con cartera de clientes.

Ley Crea y Crece y factura electrónica B2B

Factura electrónica B2B: cómo afectará la Ley Crea y Crece a empresas y autónomos

Ley Crea y Crece y factura electrónica B2B: todo lo que las empresas deben saber sobre la nueva obligación

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La factura electrónica entre empresas y autónomos será una realidad obligatoria en España en los próximos años. Tras la aprobación de la Ley Crea y Crece y la publicación del Real Decreto 238/2026, muchas empresas comienzan a preguntarse qué cambia realmente, cuándo entrará en vigor y cómo afectará a sus procesos internos.

A diferencia de otras normativas recientes, como la Ley Antifraude o Verifactu, esta nueva obligación no nace únicamente con un objetivo fiscal. La finalidad principal de la Ley Crea y Crece es combatir la morosidad y mejorar los plazos de pago entre empresas y profesionales.

En este artículo te explicamos las claves de la nueva factura electrónica B2B y cómo prepararte para su implantación.

Una normativa pensada para reducir la morosidad

La Ley Crea y Crece refuerza las medidas recogidas en la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad, que establece que los pagos entre empresas deben realizarse, con carácter general, en un plazo máximo de 30 días naturales, ampliables mediante acuerdo entre las partes hasta un límite de 60 días.

Sin embargo, la realidad empresarial española lleva años demostrando que estos plazos no siempre se cumplen, especialmente en pequeñas y medianas empresas, donde los retrasos en los cobros afectan directamente a la liquidez y estabilidad financiera.

Para mejorar el control sobre los pagos y aportar trazabilidad a todo el proceso, la nueva normativa obligará a las empresas y autónomos a:

  • Emitir facturas electrónicas.
  • Remitirlas electrónicamente a clientes y proveedores.
  • Recibirlas y gestionarlas digitalmente.
  • Comunicar los estados de tramitación y pago de cada factura.

El objetivo es crear un sistema más transparente, automatizado y eficiente, que permita monitorizar los plazos de pago y reducir la morosidad empresarial.

¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica B2B?

Esta es, sin duda, una de las preguntas más frecuentes.

Aunque el Real Decreto 238/2026 ya ha sido publicado, la aplicación efectiva de la obligación todavía depende de una futura Orden Ministerial que definirá los aspectos técnicos del sistema.

Por este motivo, las fechas definitivas aún no están oficialmente cerradas.

Lo que sí establece actualmente la normativa es el siguiente calendario:

Empresas con facturación superior a 8 millones de euros

La obligación entrará en vigor 12 meses después de la publicación de la Orden Ministerial.

Resto de empresas y autónomos

La obligación será aplicable 24 meses después de dicha publicación.

Si la Orden Ministerial se publica finalmente durante 2026, como prevé el Gobierno, la implantación práctica podría comenzar previsiblemente:

El papel de la AEAT y la solución pública de facturación electrónica

Uno de los cambios más importantes introducidos durante la tramitación normativa ha sido la participación de la Agencia Tributaria como intermediaria en el sistema.

La AEAT deberá desarrollar una “solución pública de facturación electrónica” que permitirá:

  • intercambiar información entre emisores y receptores,
  • comunicar estados de las facturas,
  • y trasladar la información al Observatorio Estatal de la Morosidad Privada.

Además, será necesario definir:

  • los formatos oficiales de factura electrónica,
  • los mensajes de estado,
  • las comunicaciones de aceptación,
  • rechazo,
  • y pago efectivo.

Todo este ecosistema tecnológico es uno de los motivos por los que la implantación se ha retrasado respecto a las previsiones iniciales de la Ley Crea y Crece de 2022.

La obligación no es solo “hacer facturas electrónicas”

La obligación no es solo “hacer facturas electrónicas”

Muchas empresas piensan que adaptarse a la normativa consistirá únicamente en generar facturas en formato digital. Pero la realidad es mucho más amplia.

La ley habla expresamente de:

Emitir

Generar la factura electrónica en el formato exigido.

Remitir

Enviar efectivamente la factura al destinatario.

La normativa pone el foco en evitar prácticas muy habituales, como limitarse a subir las facturas a un portal privado para que el cliente las descargue manualmente. La obligación implica enviar la factura, no simplemente ponerla a disposición.

Recibir

Y aquí es donde muchas empresas tendrán el mayor reto.

La recepción automatizada de facturas implica:

  • validación documental,
  • integración con el ERP,
  • conciliación con pedidos y albaranes,
  • aprobación interna,
  • contabilización automática,
  • y gestión de incidencias.

La recepción de facturas será donde se genere el mayor ahorro

Aunque la emisión suele ser la primera preocupación, la verdadera oportunidad de eficiencia está en la recepción automatizada.

Diversos estudios sectoriales estiman que una empresa puede ahorrar alrededor de 6,5 minutos por factura recibida gracias a la automatización de procesos administrativos y contables.

Esto supone:

  • menos tareas manuales,
  • menos errores,
  • mayor velocidad de contabilización,
  • y un importante ahorro operativo.

Por eso muchas organizaciones están comenzando ya a trabajar en la integración de la recepción electrónica con sus sistemas de gestión y ERP.

Los nuevos estados obligatorios de las facturas

La Ley Crea y Crece incorpora además un sistema de estados obligatorios para aportar trazabilidad al ciclo completo de la factura.

Estados obligatorios

  • Aceptación → La factura es correcta.
  • Rechazo → Existe alguna discrepancia.
  • Pago efectivo completo → El proveedor ya ha recibido el dinero.

Estados opcionales

  • aceptación parcial,
  • rechazo parcial,
  • pago parcial,
  • cesión del cobro a terceros.

Todos estos estados deberán comunicarse en un plazo máximo de 4 días naturales desde que se produzcan.

Además, si no se comunica un rechazo, la factura podrá entenderse como aceptada.

¿Qué se considera realmente “pago efectivo”?

La normativa es especialmente estricta en este punto.

Para que una factura figure como pagada:

  • el dinero debe estar efectivamente disponible para el proveedor,
  • no basta con emitir un pagaré,
  • ni con un confirming,
  • ni con una promesa futura de pago.

En el caso de las transferencias, el pago solo se considerará realizado cuando el importe haya sido abonado realmente en la cuenta bancaria del proveedor.

Cómo prepararse para la nueva factura electrónica B2B

Aunque todavía faltan desarrollos técnicos y fechas definitivas, la recomendación es clara: no esperar al último momento.

La adaptación afectará directamente a:

  • los procesos administrativos,
  • la gestión financiera,
  • la automatización contable,
  • los circuitos de aprobación,
  • y la integración entre sistemas.

Cuanto antes comiencen las empresas a revisar sus procesos, más sencillo será transformar esta obligación en una oportunidad de mejora y eficiencia.

En Salvia365 te ayudamos a adaptarte

En Salvia365 ayudamos a empresas y autónomos a prepararse para las nuevas obligaciones legales mediante soluciones ERP y herramientas de gestión adaptadas a la factura electrónica B2B.

Desde la emisión hasta la recepción automatizada e integración contable, te acompañamos en todo el proceso para que tu empresa cumpla con la normativa y gane eficiencia operativa.

Porque la factura electrónica no es solo una obligación legal: es una oportunidad para digitalizar y optimizar la gestión de tu negocio.

Contáctanos:

Estamos en 📍Valladolid, Ciudad Real, Madrid, Albacete y Setúbal

 

 

 

Verifactu 2027: lo que debe saber tu empresa, despacho o tú como autónomo

aplazamiento verifactu

El aplazamiento de Verifactu explicado: obligaciones reales en 2026

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El pasado 2 de diciembre de 2025, el Gobierno aprobó un Real Decreto-ley que retrasa la entrada en vigor obligatoria de Verifactu hasta 2027.
Para muchas empresas y autónomos ha sido un alivio: a priori, da más tiempo para prepararse. Pero es importante tener claro que este aplazamiento solo modifica el calendario. La normativa y las obligaciones fiscales siguen vigentes: hablamos de un cambio de plazo, no de fondo.

En este artículo analizamos en detalle qué implica este cambio, qué obligaciones siguen activas, y qué deben hacer ahora las empresas, autónomos y despachos para evitar riesgos.

¿Qué es Verifactu y por qué existe?

  • Verifactu es un sistema de facturación electrónica regulado en España que obliga a que todas las facturas emitidas por empresas y autónomos cumplan ciertos requisitos técnicos: software homologado, registros inalterables, trazabilidad, firma electrónica o hash, código QR o identificador único, conservación durante años.
  • Su origen se encuentra en la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal y su desarrollo técnico a través del Real Decreto 1007/2023.
  • El objetivo: aumentar la transparencia fiscal, evitar la “contabilidad B” y facilitar el control de la facturación por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Por estas razones, Verifactu no es un trámite menor: cambia la forma en que debe emitirse y registrarse toda la facturación de empresas y profesionales en España.

¿Qué cambia con el aplazamiento a 2027?

Según el decreto aprobado:

icono empresa verifactu
  • Las empresas sujetas al Impuesto de Sociedades tendrán de plazo hasta el 1 de enero de 2027 para emitir facturas bajo los requisitos de Verifactu.
icono autónomo verifactu
  • Los autónomos y profesionales por cuenta propia podrán adaptarse hasta el 1 de julio de 2027.

Este aplazamiento busca dar más tiempo para adaptarse, especialmente a quienes aún no han actualizado sus sistemas, para que no haya un impacto inmediato masivo.

Lo que no cambia: obligaciones ya vigentes para 2026

Es fundamental distinguir entre lo que se retrasa (la obligación general de emitir con Verifactu) y lo que ya sigue en marcha. Entre lo que sí sigue vigente:

  • La normativa de la Ley Antifraude, que exige facturación con garantías de trazabilidad, integridad y registro fiable. Verifactu forma parte de ese marco.
  • Los requisitos técnicos para los programas de facturación: solo pueden venderse o usarse softwares certificados desde el 29 de julio de 2025.
  • El deber de adaptación: aunque la obligación general se retrase, cualquier empresa que emita facturas electrónicas o use software de facturación deberá asegurarse de que su sistema cumple los requisitos técnicos si no quiere exponerse a sanciones.

En otras palabras: empezar a emitir con Verifactu no es opcional cuando utilices software certificado.

Control horario: otra obligación clave para 2026 que NO se retrasa

Además de la facturación, es importante recordar que el control horario seguirá siendo obligatorio en 2026, sin cambios ni aplazamientos.
Todas las empresas —sin excepción— deberán disponer de un sistema válido, fiable y auditado que registre la jornada laboral de los trabajadores tal y como exige la normativa vigente.

Esto significa que, igual que ocurre con la facturación, no sirve cualquier herramienta:

  • El sistema debe permitir registros inalterables.

  • Debe conservar los datos durante cuatro años.

  • Y debe estar preparado para auditorías o inspecciones laborales.

Por tanto, el aplazamiento de Verifactu no afecta a esta obligación. El control horario sigue siendo 100 % exigible en 2026, y muchas empresas todavía no han actualizado sus sistemas.

Preguntas frecuentes y respuestas claras

Pregunta
¿Vale tu sistema actual?
¿Sirve mi software actual?
Solo si está homologado por la AEAT. Si no, no cumple.
¿Puedo seguir con Excel o Word?
No. Si esas herramientas procesan datos para facturar, no cumplen los requisitos.
¿Y si facturo a mano (manual)?
Debes facturar con un software homologado, para poder iniciar una transición segura.

Respuesta simple: aunque Verifactu como obligación general se retrase, si emites facturas con programas informáticos, necesitas un sistema homologado para 2026.

Riesgos de no adaptarse

❌Sanciones: las multas por incumplimiento pueden ser muy elevadas.

❌Problemas en auditorías con la AEAT: facturas no válidas, ausencia de trazabilidad, riesgo de sanción o rechazo de deducciones.

❌Ineficiencia operativa: seguir con procesos manuales o no homologados incrementa errores, retrasa cierres, dificulta el control interno.

Por el contrario, adaptarse cuanto antes ofrece ventajas a medio y largo plazo: control, transparencia, eficiencia y preparación para futuras normativas.

¿Qué hacer ahora? Guía de acción recomendada

  1. Audita tu software de facturación actual. Pide al proveedor la “declaración de conformidad con Verifactu / Real Decreto 1007/2023.” Si no la tiene, necesitas cambiar de sistema.
  2. Selecciona un software homologado. Asegúrate de que genera facturas con los requisitos: código QR / identificador único, registro inalterable, trazabilidad.
  3. Prepara tus procesos internos. Si usas TPV, punto de venta, emisión masiva, asegúrate de que todo está integrado.
  4. Forma a tu equipo. Que todo el que emita facturas conozca los nuevos requisitos: así evitarás errores o irregularidades.
  5. No esperes al último momento. Aunque la obligación general se retrase a 2027, iniciar la adaptación cuanto antes reduce riesgos y te da margen para pruebas.

Conclusión

El aplazamiento de Verifactu hasta 2027 puede parecer un alivio… pero no debe interpretarse como una invitación a dejar las cosas para el final. La Ley Antifraude sigue vigente, y las obligaciones técnicas ya afectan hoy a quienes usan software de facturación.

La recomendación es clara: empieza ya tu adaptación. Un buen sistema homologado, procesos organizados y formación te permitirán cumplir con la ley, evitar sanciones y situar a tu empresa o despacho en una posición más eficiente y profesional.

Si necesitas orientación, desde Salvia365 queremos ayudarte a dar este paso con claridad y seguridad.

Verifactu: el nuevo modelo de facturación que transformará las empresas a partir de 2026

Lo que todo empresario debería saber antes de que llegue Verifactu

Esto es lo que los expertos ya saben sobre Verifactu (y tú también deberías)

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La transformación digital en materia fiscal da un paso decisivo con la llegada de Verifactu, el nuevo sistema de facturación que será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026 para personas jurídicas y del 1 de julio de 2026 para autónomos y profesionales.

Este cambio, impulsado por la Agencia Tributaria y regulado por el Real Decreto 1007/2023, supone un hito en la lucha contra el fraude fiscal y en la modernización tecnológica de las empresas españolas.

¿Qué es Verifactu y en qué se diferencia de la factura electrónica?

Verifactu: La Solución Inteligente

Aunque a menudo se confunden, Verifactu y la factura electrónica son conceptos distintos.

La factura electrónica

Será obligatoria entre empresas (B2B) a partir de 2027, y se refiere al formato en que se intercambian las facturas entre las partes.

Verifactu

En cambio, regula cómo deben generarse, almacenarse y comunicarse los registros de facturación de forma segura, trazable y estandarizada.

El objetivo es que cada empresa utilice un software de facturación certificado, capaz de generar un registro informático inalterable (en formato XML) de cada factura emitida. Este registro se enviará automáticamente a la Agencia Tributaria o, en su defecto, quedará almacenado bajo estrictas medidas de seguridad. Descubre como la E-factura es una ventaja competitiva para despachos y asesorías. 

Cómo funciona Verifactu

Cada vez que se emite una factura, el sistema genera un registro estandarizado que incluye los datos esenciales (emisor, destinatario, importe, fecha, tipo de factura, etc.) y una huella electrónica que impide su modificación.
Además, cada factura incorpora un código QR tributario que permite a cualquier destinatario verificar su validez ante la Agencia Tributaria.

De esta manera, los clientes también se convierten en garantes de la transparencia fiscal, al poder comprobar si una factura ha sido correctamente comunicada.

Modalidades disponibles: Verifactu y no Verifactu

El reglamento establece dos formas de cumplimiento:

✅  Modalidad Verifactu

Los registros de facturación se envían en tiempo real a la Agencia Tributaria.
Ventajas:

  • Simplifica los procesos administrativos y fiscales.
  • Permite acceder a servicios de asistencia y borradores de autoliquidación.
  • Garantiza la conservación de la información por parte de la Administración.
  • Transmite una imagen de transparencia y profesionalidad ante clientes y proveedores.

✅ Modalidad no Verifactu

Las facturas no se envían automáticamente, pero el empresario debe conservar los registros íntegros durante el periodo de prescripción, con trazabilidad y medidas de seguridad.
Es una opción válida, aunque implica mayor responsabilidad y más carga técnica para la empresa o el profesional.

Quiénes están obligados a cumplirlo

Verifactu: el nuevo modelo de facturación

La obligación afecta a todas las empresas y autónomos establecidos en territorio común español, independientemente de su tamaño o sector, salvo los territorios forales (País Vasco y Navarra), que disponen de sus propios sistemas de control (como TicketBAI).

Para más información consulta nuestro articulo Ley Antifraude: principales dudas resueltas

Claves para preparar tu empresa o despacho profesional

El cumplimiento de Verifactu no es solo una obligación legal: es una oportunidad para avanzar hacia la gestión inteligente y digitalizada.
Estos son los pasos esenciales para adaptarse:

  1. Revisar los sistemas actuales de facturación y comprobar si están preparados para generar registros XML con los elementos de seguridad exigidos.
  2. Contactar con un proveedor tecnológico certificado —como nosotros Partners Platinum de Sage— para garantizar la compatibilidad con Verifactu.
  3. Formar al equipo administrativo o contable en el uso de los nuevos sistemas.
  4. Realizar pruebas antes de la fecha límite para evitar incidencias de última hora.

Conclusión: digitalizar hoy para cumplir mañana

El 1 de enero de 2026 no debe entenderse como una fecha límite, sino como un punto de partida para un nuevo modelo de gestión empresarial más digital, transparente y seguro.

En Salvia365, como Partner Platinum de Sage, acompañamos a empresas, asesorías y profesionales en este proceso de adaptación.
Nuestros expertos ayudan a implantar soluciones de facturación compatibles con Verifactu y a cumplir con todos los requisitos de la Ley Antifraude y la nueva normativa fiscal.

Mejora el control horario y evita sanciones

Control horario digital

Control horario digital: ventajas estratégicas y cumplimiento avanzado para 2026

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La obligación de implantar un sistema de control horario digital está ya en el centro del tablero para las empresas españolas. Más allá del mero cumplimiento formal, este cambio puede convertirse en una palanca estratégica de gestión, transparencia y mejora del rendimiento. En este artículo analizamos qué exige la normativa, cómo extraer valor más allá del fichaje y por qué debe formar parte de tu estrategia de transformación digital.

Si te interesa conocer cómo afectarán las nuevas normativas a las pymes, te recomendamos leer nuestro artículo La Ley Antifraude y la digitalización de las empresas

¿Qué exige la normativa y por qué ya no vale “registrar por Excel o en papel”?

La nueva regulación apunta a que, a principios de 2026, todas las empresas deberán contar con un sistema digital de control horario que:

✅Registre la entrada y salida con precisión de hora y minuto.

✅Incluya los tiempos de pausa no considerados trabajo efectivo (café, fumadores, desplazamientos).

✅Garantice la inmutabilidad de los registros (no manipulables).

✅Permita acceso en tiempo real de la Inspección de Trabajo y sus representantes.

✅Elimine el papel o el registro por Excel como medio válido.

✅Conserve los registros al menos 4 años.

Si bien muchas empresas conocen ya el cambio, las organizaciones expertas van un paso más allá: lo abordan como parte de su estrategia de gestión del tiempo, de reputación y de compliance, no sólo como obligación.

¿Dónde está el valor añadido que la competencia suele pasar por alto?

Transparencia interna y equidad real

Los sistemas convencionales (tarjetas en papel, Excel) no solo son obsoletos, sino que no están preparados para ofrecer auditablemante transparencia en entornos remotos o híbridos. Un sistema digital homologado permite que cada trabajador vea, en su portal, su propio cómputo de horas, pausas y horas extra, generando confianza y evitando conflictos internos.

Integración con nómina y analítica de horas

Una de las grandes oportunidades que pocas empresas explotan es la integración del control horario con los sistemas de nómina o ERP. Así: 1. Las horas extraordinarias, horas complementarias y nocturnidades se computan automáticamente. 2. Se puede generar un “anexo de horas” para contratos a tiempo parcial, directamente desde el sistema. 3. Se produce un flujo bidireccional de datos entre sistema de fichaje y nómina.

Visión unificada para entornos híbridos o móviles

Con el aumento del teletrabajo y de los entornos de trabajo híbrido, el control horario tradicional pierde eficacia. Los sistemas modernos permiten fichaje desde cualquier dispositivo, geolocalizado, con sello temporal y diferenciación de pausa/teletrabajo/desplazamiento.

Preparación proactiva frente a sanciones

La normativa no solo introduce obligaciones técnicas, sino que endurece el régimen sancionador —por trabajador afectado—, en algunos casos hasta 10.000 €. Las organizaciones que lo abordan hoy pueden evitar improvisaciones, interrupciones operativas o revisiones con coste elevado.

Buenas prácticas avanzadas al implantar el sistema

  • Definir claramente en la política interna qué se considera “pausa”, “desplazamiento”, “teletrabajo” y cómo se registra cada una. Esto evita sesgos en los datos y facilita la auditoría de horas.
  • Realizar una formación estructurada a todos los niveles: dirección, mandos intermedios y empleados. La resistencia suele venir por desconocimiento o desconfianza.
  • Auditorías periódicas internas: revisar que el sistema está funcionando correctamente, que los datos de fichaje coinciden con los horarios, que no hay anomalías (ausencias no justificadas, fichajes fuera de política, etc.).
  • Aprovechar la información para análisis de productividad, turnos y carga de personal. No basta con “cumplir la norma”, hay que usar los datos como ventaja competitiva.
  • Seleccionar un proveedor que ofrezca informes listos para inspección, acceso para representantes, exportación de datos y garantías de seguridad, trazabilidad y cumplimiento del RGPD.

¿Por qué elegir Salvia365 para tu implantación?

En Salvia365 ofrecemos una solución que va más allá del registro: acompañamos desde la estrategia de cumplimiento hasta la implantación operativa, incluyendo integración con nómina si corresponde.

Mantente al día de las novedades sobre facturación y control horario en nuestros webinars y eventos de Salvia365

Conclusión

El control horario digital ya no es solo una cuestión de cumplimiento. Para empresas maduras que buscan optimizar su gestión del tiempo y su competitividad, es una palanca estratégica.
Adáptate ahora: define la política, selecciona la solución homologada, forma a tu equipo, y empieza a explotar los datos de presencia y jornada como ventaja real.

Ley Antifraude: principales dudas resueltas

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Principales dudas sobre la Ley Antifraude y quién está excluido

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La Ley Antifraude y el sistema Verifactu están generando muchas dudas en empresas, pymes, autónomos y despachos. La nueva normativa, que será obligatoria de forma escalonada a partir de 2026, establece la necesidad de contar con un software de facturación certificado que garantice la integridad y trazabilidad de las facturas.

En este artículo respondemos a las preguntas más frecuentes sobre la Ley Antifraude y resolvemos una de las cuestiones más buscadas: ¿quién está obligado, ¿quién queda excluido y cómo cumplir con la normativa?

¿Qué es la Ley Antifraude y qué exige?

La Ley Antifraude obliga a las empresas a emitir sus facturas mediante un sistema certificado, que cumpla con estos requisitos:

✅Garantizar la inalterabilidad de los datos.

✅Incorporar un código QR en cada factura.

✅Evitar manipulaciones o borrados.

✅Permitir el envío automático a la AEAT (Verifactu) o el almacenamiento seguro para entregarlo bajo requerimiento (No Verifactu).

¿A quién afecta la Ley Antifraude?

La entrada en vigor será escalonada:

  • Desde el 1 de enero de 2026: sociedades anónimas (S.A.), limitadas (S.L.), cooperativas, asociaciones, fundaciones, sociedades civiles, UTEs, entidades extranjeras, entre otras.
  • Desde el 1 de julio de 2026: comunidades de bienes, comunidades de propietarios, organismos públicos, parroquias, congregaciones religiosas y corporaciones locales.

En resumen: todas las empresas y entidades que emiten facturas deberán adaptarse al nuevo modelo, salvo excepciones muy concretas.

ley antifraude quien esta obligado

¿Quién está excluido de la Ley Antifraude?

Ley antifraude exclusiones

Una de las dudas más recurrentes es si existen empresas o colectivos excluidos. La respuesta es sí:

  • Empresas en el SII (Suministro Inmediato de Información): al enviar ya sus facturas a la AEAT en tiempo real, no deberán usar Verifactu.
  • Empresas en TicketBAI (País Vasco y Navarra): ya cuentan con su propio sistema de facturación certificada.
  • Usuarios que solo utilizan el software para contabilidad y no para emisión de facturas o tickets.

👉 Todos los demás deberán cumplir, tanto si son pymes, autónomos o grandes empresas, en los plazos indicados por la normativa.

Principales dudas sobre la Ley Antifraude

¿Es obligatorio activar la facturación certificada si solo uso el software para contabilidad?

No. Solo será necesario si también emites facturas o tickets.

¿Qué diferencia hay entre Verifactu y No Verifactu?

    • Verifactu: envío automático de facturas a la AEAT, validación inmediata y verificación mediante QR.
    • No Verifactu: las facturas se certifican y guardan localmente, la AEAT puede requerir los datos más adelante.

¿Qué pasa si se comete un error en una factura certificada?

No se puede eliminar, pero sí anular o emitir una factura rectificativa para corregir los datos.

¿El código QR es siempre obligatorio?

Sí, en las facturas certificadas debe incluirse un QR de validación, salvo en empresas acogidas al SII (Suministro Inmediato de Información).

¿La facturación certificada sustituye a la factura electrónica?

No. Son procesos complementarios: la factura electrónica garantiza autenticidad, y la certificación asegura la integridad del sistema.

¿Afecta también a los autónomos?

Sí, los autónomos que emiten facturas deberán usar software certificado, salvo que estén en el SII.

¿Qué ocurre si no cumplo con la Ley Antifraude?

La AEAT puede imponer sanciones económicas importantes, además de la obligación de regularizar la situación.

¿Se podrán manipular o eliminar facturas certificadas?

No. El sistema está diseñado para que las facturas sean inalterables. Solo se puede emitir una rectificativa o anular la factura errónea.

 ¿Es necesario cambiar mi software actual?

Sí, si tu sistema no está homologado para la Ley Antifraude. Sage 50 y Sage 200 ya están preparados para cumplir con los requisitos.

¿Qué relación tiene la Ley Antifraude con la factura electrónica obligatoria?

Son obligaciones distintas pero complementarias: la factura electrónica garantiza la autenticidad, mientras que la facturación certificada asegura la inalterabilidad y trazabilidad.

Cómo cumplir con la Ley Antifraude

La mejor forma de adaptarse es contar con un software que ya esté preparado:

✅Sage 50 y Sage 200 cumplen con todos los requisitos de la Ley Antifraude.

✅Permiten emitir facturas certificadas con QR, integran contabilidad y facturación, y facilitan el envío a la AEAT.

✅Están en constante actualización para adaptarse a cambios normativos.

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Salvia365, tu partner en el cambio

En Salvia365, como Partner Platinum de Sage, llevamos más de 35 años acompañando a empresas en su transformación digital. Nuestro equipo de consultores te ayuda a implementar soluciones de facturación certificada adaptadas a tu negocio.

💡 La digitalización ya no es una opción: es una obligación y una oportunidad de crecimiento.

Salud de datos: ciberseguridad y cumplimiento en factura electrónica y ERP

Banner sobre ciberseguridad en ERP y factura electrónica, con enfoque en protección de datos y cumplimiento normativo para pymes.

Ciberseguridad en ERP y factura electrónica: claves para proteger los datos de tu empresa

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A estas alturas, nadie puede negar que la digitalización empresarial es esencial para la eficiencia profesional. Principalmente, porque agiliza procesos y reduce costes. La implantación de sistemas ERP y la entrada en vigor de nuevas obligaciones legales, como las escritas en la ley de factura electrónica, exigen a las pymes no solo modernizar su gestión, sino también garantizar la seguridad y trazabilidad de su información.

Este post ofrece una visión técnica sobre cómo conseguimos reforzar la ciberseguridad en ERP y proteger los datos empresariales, con un enfoque práctico en entornos como Sage 50, Sage 200 y Microsoft Dynamics. Además, incluimos una checklist de buenas prácticas, recomendaciones de cifrado, políticas de copias de seguridad y cumplimiento legal.

 ¿Todavía no tienes claro cuándo entra en vigor la obligación de facturar electrónicamente? Consulta nuestro artículo:
Novedades legales que afectan a las empresas en 2025

ERP y factura electrónica: doble responsabilidad para la pyme

El ERP se ha convertido en el centro del que giran las operaciones empresariales. Desde la contabilidad hasta la relación con clientes o el control de inventario, todo fluye a través del sistema. Por eso, la combinación entre ciberseguridad ERP y cumplimiento normativo en factura electrónica no es opcional: es crítica.

  • Riesgo creciente: cada año aumenta el número de ciberataques que tiene como objetivo las pymes, especialmente aquellas que gestionan datos sensibles a través de entornos conectados a la nube.
  • Normativa en vigor: la Ley 11/2021 (Ley Antifraude) y la Ley 18/2022 (Crea y Crece) obligan a utilizar sistemas que garanticen la integridad de los datos y eviten su manipulación.

Aprende más en:
Cómo cumplir con la factura electrónica

Checklist técnica: protección de datos y ciberseguridad en Sage y Dynamics

A continuación, te compartimos una guía práctica para asegurar la protección de datos en pymes con ERP:

  1. Cifrado de extremo a extremo
  • Asegúrate de que el ERP utilice protocolos SSL/TLS actualizados.
  • Cifra tanto los datos en tránsito como los almacenados (discos duros y backups).
  1. Control de accesos y permisos
  • Define roles por usuario (contable, comercial, administrador…).
  • Activa la autenticación multifactor (MFA) en acceso a Sage y Dynamics.
  • Desactiva usuarios inactivos o temporales.
  1. Políticas de backup
  • Realiza copias automáticas diarias.
  • Mantén al menos tres versiones históricas (local, externa y nube).
  • Verifica regularmente la restauración de backups.
  1. Trazabilidad y registro de operaciones
  • Activa el log de auditoría en Sage 200 o Dynamics 365.
  • Monitoriza accesos y modificaciones en documentos contables o fiscales.
  • Integra alertas automáticas ante operaciones sensibles.
  1. Actualizaciones y mantenimiento
  • Programa revisiones de seguridad mensuales.
  • Aplica patches y actualizaciones oficiales del proveedor de ERP.
  • Haz revisiones de compatibilidad ante integraciones con plataformas externas.

¿Y la ley factura electrónica? Claves para cumplir en 2025

La combinación de ERP + factura electrónica debe ajustarse a lo recogido en la Ley Antifraude y la futura regulación técnica del sistema Verifactu. ¿Qué implica esto?

  • El software debe garantizar la inviolabilidad del registro de facturas.
  • Toda emisión y almacenamiento deberá hacerse bajo formatos estructurados y seguros.
  • En un futuro cercano, se exigirá la transmisión automática de registros a la AEAT.

Puedes ampliar esta información en el artículo:
Factura electrónica 2025: todo lo que cambia el 1 de julio y cómo prepararte

Conclusión: invertir en seguridad es invertir en confianza y cumplimiento

En Salvia365 ayudamos a las pymes a implantar, proteger y auditar sus entornos ERP y de facturación electrónica. Ya no basta con estar digitalizado; ahora es imprescindible estar blindado, adaptado y en cumplimiento.

Nuestras soluciones con Sage 50 y  Sage 200 incorporan los niveles de seguridad exigidos por la normativa actual y permiten crecer sobre una base sólida y segura.

 

Multas por no usar factura electrónica

Sanciones por no emitir factura electrónica: lo que debes saber

Sanciones por no emitir factura electrónica: lo que debes saber

Lo que vas a encontrar en este artículo

La factura electrónica no es solo una mejora operativa: es una obligación legal regulada por la normativa vigente. No adaptarse a tiempo puede acarrear sanciones económicas que afectan directamente a autónomos, pymes y empresas que operan en entornos B2B.

En este artículo desglosamos cuáles son las sanciones por no emitir factura electrónica, qué consecuencias legales conlleva el incumplimiento y cómo evitar errores que pueden salir caros.

¿Por qué es obligatoria la factura electrónica?

La obligación de emitir factura electrónica entre empresas y profesionales (B2B) está recogida en la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas. El objetivo es claro:

✅Controlar los plazos de pago

✅Reducir la morosidad

✅Mejorar la trazabilidad de las operaciones

✅Fomentar la digitalización en el tejido empresarial

La medida afectará de forma escalonada a todas las empresas, según su volumen de facturación. No cumplir con ella no solo implica quedarse atrás, sino incurrir en infracciones sancionables.

¿Cuáles son las sanciones por no emitir factura electrónica?

La Agencia Tributaria podrá imponer distintas sanciones en función del tipo de incumplimiento. A continuación, detallamos las más comunes:

No emitir factura electrónica cuando es obligatorio

⚠︎ Se considera una infracción tributaria grave.

⚠︎Multa proporcional de hasta el 2% del volumen de operaciones no facturadas.

⚠︎Sanción mínima: 300 euros por ejercicio fiscal.

Errores en el contenido de la factura

⚠︎Si las facturas carecen de información obligatoria o están mal emitidas.

⚠︎Sanciones de 150 a 10.000 euros, según el perjuicio causado o la reincidencia.

No conservar las facturas electrónicas

⚠︎Las facturas deben guardarse durante 4 años.

⚠︎La pérdida o inaccesibilidad del archivo también se sanciona.

⚠︎Puede implicar multas similares a las anteriores.

Obstaculizar el acceso a las facturas

⚠︎Si se dificulta el acceso a las facturas por parte de Hacienda o del cliente.

⚠︎Multas adicionales por impedir la transparencia o la verificación.

¿Desde cuándo es obligatoria la factura electrónica?

La entrada en vigor será escalonada y depende del volumen de facturación:

  • Empresas con más de 8 millones € anuales → obligadas en 2025
  • Empresas y autónomos con menos de 8 millones € → obligadas en 2026

Además, la emisión de factura electrónica ya es obligatoria desde 2015 para operaciones con la Administración Pública.

¿Cómo evitar una multa por no emitir factura electrónica?

La mejor forma de evitar una multa por no emitir factura electrónica es anticiparse a la normativa. Para ello, es fundamental:

✅Utilizar un software de facturación electrónica homologado. 

🧩 ¿Aún no sabes qué programa elegir? Descubre aquí cuál se adapta mejor a tu tipo de empresa:
Comparativa 2025 de programas de facturación homologados para pymes españolas

✅Emitir todas las facturas en formato estructurado y con firma digital

✅Asegurarte de conservar los archivos conforme a la ley

✅Adaptar tus procesos de facturación a los nuevos requisitos técnicos

Las sanciones por no emitir factura electrónica pueden suponer un coste elevado, especialmente si no se identifican a tiempo. Tanto si eres autónomo como si gestionas una pyme, contar con las herramientas adecuadas y adaptarte a tiempo te evitará problemas legales y económicos.

Revisar la normativa, entender tus obligaciones y contar con un sistema de facturación actualizado es clave para proteger tu negocio ante los cambios legales que ya están en marcha.