Un vistazo general sobre la fiscalidad para 2021
Las obligaciones legales evolucionan en función de las necesidades, cambios y formas de proceder en la vida empresarial y social del momento. En 2021, también tenemos novedades.
Durante 2021, seguiremos asistiendo a la mejora de las comunicaciones con Hacienda o la lucha contra el fraude fiscal, con medidas pioneras como Ticket BAI. Además, se prevén subidas de la contribución para las rentas más altas, así como una armonización en el conjunto impositivo de las comunidades autónomas.
Novedades para los autónomos y pequeñas empresas
Atendiendo a las medidas aprobadas para hacer frente a la crisis sanitaria, te hacemos un breve recorrido sobre las novedades más destacadas que afectan a autónomos y pymes de cara a 2021.
Novedades para los autónomos
Con relación a los autónomos, para el próximo ejercicio 2021, destacamos las siguientes novedades legales, tributarias y de seguridad social.
1. Bonificación de cuotas a la Seguridad Social de la tarifa plana para autónomos societarios
La Seguridad Social ahora permite que los autónomos societarios tengan derecho a solicitar y beneficiarse de la bonificación de cuotas de la tarifa plana.
Los requisitos previos establecían que para estar exento de pagar de entrada más de 300 euros mensuales, abonándose tan solo 60, se especificaba no ser societario. Ahora, la Tesorería General de la Seguridad Social ha ordenado que se tramiten todas las solicitudes de la tarifa plana, tanto de personas físicas como de autónomos societarios.
2. Se prorrogan las prestaciones por cese de actividad
Se establecen nuevas prestaciones por cese de actividad y se prorrogan otras ya existentes a partir de 1 de octubre de 2020 y hasta 31 de enero de 2021.
3. Prórroga de los límites en estimación objetiva (módulos) del IRPF e IVA
Desde hace unos años, se quiere ir limitando este sistema, sobre todo para las actividades en las que el cliente final es la empresa. No obstante, de momento, se vuelven a prorrogar los límites en estimación objetiva para 2021.
Esto quiere decir que los autónomos en módulos pueden continuar aplicando el método de estimación objetiva para el cálculo del rendimiento neto de su actividad económica. Así, evitan, además, un incremento de sus obligaciones formales y de facturación.
Novedades para las empresas
En cuanto a la fiscalidad que afecta a las empresas, el gobierno prevé incorporar cambios tributarios.
A estas novedades fiscales se unirán otras ya aprobadas, como las tasas ‘Google’ y ‘Tobin’. A continuación, te enumeramos las más relevantes.
- Límites en la exención de dividendos y plusvalías. Para las empresas con un volumen de facturación superior a 40 millones, se limita al 95% de la exención de dividendos y plusvalías. Las compañías con un volumen de negocio inferior a dicha cantidad podrán seguir aplicando la exención del 100% por dividendos durante los próximos tres años. Siempre que procedan de una filial, residente o no en territorio español, constituida con posterioridad al 1 de enero de 2021.
- Reducción de la exención del 100 al 95% por las plusvalías y dividendos generados por filiales en el extranjero.
- Supresión de la exención y eliminación de la doble imposición internacional en los dividendos o participaciones en beneficios y rentas derivadas de la transmisión de las participaciones en el capital o en los fondos propios de una entidad, cuyo valor de adquisición sea superior a 20 millones de euros.
Novedades en el IVA e IRPF
En el IVA, se modifica el tipo impositivo aplicable a las bebidas edulcorantes, tanto naturales como artificiales. Pasan a tributar al tipo impositivo general (21%).
En cuanto al IRPF, se introduce un mayor gravamen a las rentas a partir de 300.000 euros. Pasaremos de un tipo de tarifa general estatal del 22,5% a un 24,5%.
Nuevo documento de validaciones y errores en el SII
Con el objetivo de mejorar la calidad de la información suministrada, la Agencia Tributaria ha publicado en el portal «SII – Suministro Inmediato de Información del IVA», una nueva versión del documento de validaciones y errores.
Esta novedad será aplicable a partir de 1 de enero de 2021. Se han introducido nuevos campos que afectan al libro registro de facturas emitidas (LRFE) y al de facturas recibidas (LRFR). Sin embargo, por problemas técnicos no estará disponible todavía.
Además, se añade el Libro registro de venta de bienes en consigna para aquellas empresas que tengan que declarar ventas en consigna.